PROTECCION DATOS ESQ OPOSITATES

 



Designación del Delegado de Protección de Datos

Art. 34.1 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Art. 37 Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

naturaleza, alcance y/o fines, requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala.

especiales de datos personales y de datos relativos a condenas e infracciones penales.

Un grupo empresarial podrá nombrar un único delegado de protección de datos siempre que sea fácilmente accesible desde cada establecimiento.

des u organismos, teniendo en cuenta su estructura organizativa y tamaño.

de los tratamientos, la categoría especial de los datos tratados o de los riesgos para los derechos o libertades de los interesados.

que se encuentren obligadas a su designación como en el caso en que sea voluntaria.

La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos mantendrán, en el ámbito de sus respectivas competencias, una lista actualizada de delegados de protección de datos que será accesible por medios electrónicos.

Designación del Delegado de Protección de Datos

ENTIDADES QUE DEBEN DESIGNAR UN DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS

Fuera de estos supuestos, los responsables o encargados de tratamiento de datos podrán designar un delegado de protección de datos de manera voluntaria que quedará sometido al régimen establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la LO 3/2018.

Cualificación del Delegado de Protección de Datos

Unión o de los Estados miembros.

en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes.

Posición del Delegado de Protección de Datos

Art. 36 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

tiempo oportuno en todas las cuestiones relativas a la protección de datos personales.

Respaldarán al delegado de protección de datos en el desempeño de sus funciones, facilitando los recursos necesarios para el desempeño de dichas funciones y el acceso a conocimientos especializados.

que respecta al desempeño de dichas funciones.

Podrán ponerse en contacto con el delegado de protección de datos por lo que respecde sus derechos al amparo del Reglamento (UE) 2016/679 y la LO 3/2018.

comunicará inmediatamente a los órganos de administración y dirección del responsable o el encargado del tratamiento.

Intervención del delegado de protección de datos en caso de reclamación ante las autoridades de protección de datos.

En este caso, el delegado de protección de datos comunicará al afectado la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de dos meses a contar desde la recepción de la reclamación.

Si transcurrido dicho plazo el delegado de protección de datos no hubiera comunicado a la autoridad de protección de datos competente la respuesta dada a la reclamación, dicha autoridad continuará el procedimiento con arreglo a lo establecido en el Título VIII de la LO 3/2018 y en sus normas de desarrollo.



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