Transparencia Esperanza

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transp Andalucia:

Esquema 3

COMISIÓN GENERAL DE VICECONSEJEROS Y VICECONSEJERAS

Le corresponde la coordinación general en materia de transparencia en la AJA y sus entidades instrumentales adscritas a cuyo fin desarrollará las siguientes funciones: 

Ø  Dictar instrucciones, fijar criterios y adoptar e impulsar cuantas medidas y actuaciones sean necesarias para la correcta aplicación de las políticas de transparencia. 

Ø  Establecer y coordinar la planificación directiva en materia de transparencia mediante la determinación de las pautas generales. 

Ø  Aprobar las directrices para la confección de los planes operativos que desarrollen las Consejerías en sus respectivos ámbitos. 

Ø  Conocer la Memoria de Evaluación anual sobre el cumplimiento por las Consejerías y sus entidades instrumentales adscritas de sus obligaciones en materia de transparencia.

Ø  Cuantas otras funciones le sean asignadas en esta y otras disposiciones.

 

SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA

Servirá de soporte para la preparación de los trabajos relacionados con las funciones que tiene atribuidas la Comisión General de Viceconsejeros/as y como oficina administrativa para la relación con las Unidades de Transparencia y Comisiones de Transparencia de cada Consejería y sus entes instrumentales, desarrollando las siguientes funciones: 

Ø  Asesorar a la Comisión en cuantas cuestiones sean necesarias en materia de transparencia. 

Ø  Elaborar las propuestas de las instrucciones y de medidas y actuaciones necesarias para la correcta aplicación de las políticas de transparencia a adoptar por la Comisión. 

Ø  Elevar a la Comisión un informe con la información agregada de las Memorias sectoriales. 

Ø  Tramitar las solicitudes de dictámenes y asesoramiento al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía que tengan su origen en la Comisión.

Ø  Recabar de las distintas Consejerías y de sus entidades instrumentales adscritas cuanta información sea necesaria para el ejercicio de sus funciones. 

Ø  Coordinar la actividad de las distintas Unidades de Transparencia en lo que afecte a las competencias atribuidas a la Comisión. 

Ø  Actuar como Unidad de Transparencia de la Consejería competente en materia de transparencia en los términos previstos en el Capítulo V. 

Ø  Coordinar el ejercicio de estas funciones con el órgano responsable en materia de información administrativa y atención a la ciudadanía. 

Ø  Las demás funciones que le encomiende la Comisión en materia de transparencia. 

Ø  Cualquier otra función que pudiera encomendarse en ésta u otras disposiciones.

             

UNIDADES DE TRANSPARENCIA

En cada Consejería existirá una Unidad de Transparencia cuyas funciones se asignarán a una unidad administrativa con nivel orgánico de servicio que, a estos efectos, actuará bajo la dependencia de la Viceconsejería con el fin de impulsar la transparencia en el ámbito de la Consejería y sus entidades instrumentales adscritas y facilitar la aplicación de los criterios e instrucciones que se establezcan.

Funciones:

Ø  Coordinar las actuaciones en materia de transparencia. 

Ø  Velar por el cumplimiento de las obligaciones de transparencia. 

Ø  Colaborar con la Secretaría de Transparencia en las actuaciones en materia de transparencia. 

Ø  Realizar el seguimiento de la ejecución del Plan Operativo en materia de Transparencia establecido por su Consejería. 

Ø  Recabar, difundir y supervisar la información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa correspondientes, así como facilitar el acceso a la misma a través del Portal de la Junta de Andalucía, garantizando que toda la información referente a personas esté desagregada por sexo, cuando sea posible. 

Ø  Procurar la disponibilidad de la información cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia. 

Ø  Dar curso a las solicitudes de acceso a la información pública que sean recibidas en la Unidad y trasladarla al órgano o entidad competente para su resolución. 

Ø  Realizar el seguimiento, apoyar y asesorar a los órganos competentes en la tramitación y resolución de las solicitudes de acceso a la información. Ø Asistir a las personas que lo requieran en el correcto ejercicio del derecho de acceso. 

Ø  Llevar el control de todas las solicitudes de acceso a la información recibidas, tramitadas y resueltas. 

Ø  Comunicar a la Secretaría de Transparencia los datos del párrafo anterior a efectos de su agregación con los del resto de unidades de transparencia.  

Ø  Impulsar la formación y sensibilización en materia de transparencia del personal de la Consejería y entidades instrumentales adscritas, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos. 

Ø  Coordinar en su ámbito las acciones en materia de información administrativa y atención a la ciudadanía. 

Ø  Todas aquellas que sean necesarias para asegurar una correcta aplicación de las disposiciones en materia de transparencia.

 

COMISIONES DE TRANSPARENCIA

Se constituirá en cada Consejería una Comisión de Transparencia con la participación de los distintos centros directivos, archivos, y entidades instrumentales dependientes para asegurar la implementación de la transparencia de forma homogénea en su ámbito de actuación.

Funciones:

Ø  Proponer actuaciones en materia de transparencia. 

Ø  Facilitar la colaboración de los distintos centros directivos, archivos y entidades dependientes con la Unidad de Transparencia en la ejecución de las actuaciones en materia de transparencia. 

Ø  Elaborar las propuestas del Plan Operativo y la Memoria de Evaluación anual de su ámbito de actuación y elevarlas para su aprobación a la persona titular de la Consejería. 

Ø  Elaborar y actualizar una relación de contenidos que identifique los distintos tipos de información que se correspondan con su ámbito de actuación, incluyendo la variable sexo cuando dichos contenidos se refieran a personas. 

Ø  Todas aquellas que sean necesarias para asegurar una correcta aplicación de las disposiciones en su ámbito de actuación administrativa.

 

 

INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS

 

Le corresponde velar por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública en todo aquello que sea  aplicable a la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales. 

 Esta función se ejercerá de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, mediante las actuaciones ordinarias que se realicen en cumplimiento del Plan General de Inspección y las actuaciones extraordinarias que se ordenen por los órganos competentes

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

             






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